lunes, 9 de diciembre de 2013

Circula este lunes 9 de diciembre En Gaceta Oficial decreto de inamovilidad laboral de enero a diciembre 2014

 El decreto Presidencial Nº 639 responde a la “protección del derecho al trabajo como proceso fundamental que permite la promoción de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcción de una sociedad justa” * Quedan exentos los trabajadores y trabajadoras que ejerzan cargos de dirección y los de temporada u ocasionales * Protege masa laboral tanto del sector público y privado

En la Gaceta Oficial Nº 40.310, de fecha 6 de diciembre de 2013, y que circula este lunes 9 de diciembre, se autoriza la extensión de inamovilidad laboral para los trabajadores y las trabajadoras del sector público y privado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre 2014.
De acuerdo con el decreto presidencial Nº 639, esta medida se toma con la finalidad de proteger el derecho al trabajo como proceso fundamental que permite la promoción de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz.
En gaceta oficial extensión de inamovilidad laboral hasta el 31-D de 2014
Según el artículo 2 de este decreto, los trabajadores y las trabajadoras amparados y amparadas no podrán ser despedidos, desmejorados ni trasladados sin justa causa calificada previamente por un inspector del Trabajo de la jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 422 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT).

Si el trabajador es despedido sin “causa justa” o trasladado sin su consentimiento, podrá denunciar a la empresa durante los primeros 30 días continuos siguientes ante el inspector de trabajo de la jurisdicción que corresponda.
En la denuncia, el trabajador podrá solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos,  así como los demás beneficios dejados de percibir y la restitución de la situación jurídica infringida.
El decreto no excluye de la posibilidad de convenios o de acuerdos entre patronos y trabajadores para lograr la reducción del personal o la modificación de condiciones de trabajo, mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria establecida en la LOTTT.
El decreto aplica para los trabajadores y trabajadoras, a tiempo indeterminado a partir de 1 mes al servicio en las empresas; los contratados por tiempo determinado mientras no haya vencido el término establecido en contrato y los contratados y las contratadas para una obra determinada mientras no haya concluido la totalidad o parte de la misma.
Quedan exentos de  la aplicación del decreto mencionado los trabajadores que ejerzan cargos de dirección y los de temporada u ocasionales.
Asimismo, al patrono que obstaculice o desacate la orden de reenganche y restitución de la situación jurídica infringida de un trabajador protegido por la inamovilidad laboral se le impondrán las medidas y sanciones previstas en la ley.
ANTV/WLU

lunes, 09 de diciembre de 2013

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