El decreto Presidencial Nº 639 responde a la “protección del derecho al trabajo como proceso fundamental que permite la promoción de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcción de una sociedad justa” * Quedan exentos los trabajadores y trabajadoras que ejerzan cargos de dirección y los de temporada u ocasionales * Protege masa laboral tanto del sector público y privado
En la Gaceta Oficial Nº 40.310, de fecha 6 de diciembre de 2013, y que circula este lunes 9 de diciembre, se autoriza la extensión de inamovilidad laboral para los trabajadores y las trabajadoras del sector público y privado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre 2014.
De acuerdo con el decreto presidencial Nº 639, esta medida se toma con la finalidad de proteger el derecho al trabajo como proceso fundamental que permite la promoción de la prosperidad, el bienestar del pueblo y la construcción de una sociedad justa y amante de la paz.
En gaceta oficial extensión de inamovilidad laboral hasta el 31-D de 2014
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Si el trabajador es despedido sin “causa justa” o trasladado sin su consentimiento, podrá denunciar a la empresa durante los primeros 30 días continuos siguientes ante el inspector de trabajo de la jurisdicción que corresponda.
En la denuncia, el trabajador podrá solicitar el reenganche y el pago de salarios caídos, así como los demás beneficios dejados de percibir y la restitución de la situación jurídica infringida.
El decreto no excluye de la posibilidad de convenios o de acuerdos entre patronos y trabajadores para lograr la reducción del personal o la modificación de condiciones de trabajo, mediante el procedimiento de negociación colectiva voluntaria establecida en la LOTTT.
El decreto aplica para los trabajadores y trabajadoras, a tiempo indeterminado a partir de 1 mes al servicio en las empresas; los contratados por tiempo determinado mientras no haya vencido el término establecido en contrato y los contratados y las contratadas para una obra determinada mientras no haya concluido la totalidad o parte de la misma.
Quedan exentos de la aplicación del decreto mencionado los trabajadores que ejerzan cargos de dirección y los de temporada u ocasionales.
Asimismo, al patrono que obstaculice o desacate la orden de reenganche y restitución de la situación jurídica infringida de un trabajador protegido por la inamovilidad laboral se le impondrán las medidas y sanciones previstas en la ley.
ANTV/WLU
lunes, 09 de diciembre de 2013
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