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El diputado Modesto Ruiz (PSUV/Miranda) aseguró que la experiencia ha sido muy valiosa porque les ha permitido cumplir con el compromiso “El Pueblo Pa’ La Asamblea”, con lo cual ha alcanzado altos niveles de información sobre el quehacer legislativo
Una serie de talleres sobre el “Método Participativo de Formación de Leyes: Una Concepción Dialéctica para la Acción del Pueblo Legislador”, han sido dictados durante el primer período legislativo 2014 por la Dirección General de Investigación y Desarrollo Legislativo (DGIDL,) encabezada por Aura Rosa Hernández, los cuales han estado dirigidos a unos setecientos participantes de distintos organismos públicos, voceros comunitarios, concejos municipales y personal técnico de las comisiones permanentes de la Asamblea Nacional.
En esta actividad desarrollada en espacios internos y externos ha sido participe el diputado Modesto Ruíz (PSUV/Miranda), quien se ha desplazado a varios puntos de la geografía mirandina junto al equipo técnico de la Dirección de Investigación y Asesoría Jurídica (adscrita a la DGIDL), responsable de tal tarea y conformado por Leslie Viloria, Iván Lara, Luis Carrasco; Polux Montes, Jorge Triana, Walton Valencia y su director, José Gregorio Viana, se trasladó hasta Rio Chico, donde concejales y concejalas de los municipios Acevedo, Brión, Eulalia Buroz, San José de Barlovento, Rio Chico y Pedro Gual en Cúpira participaron en el referido taller.
Los asistentes durante dos días recibieron información sobre el Método Participativo de Formación de Leyes, además de talleres sobre las leyes Orgánicas de Precios Justos, Poder Popular, Comunas, Sistema Social Económico Comunal, Consejo Federal de Gobierno, Consejos Comunales y Contraloría Social.
En ese sentido, el diputado Ruiz recordó que durante el proceso electoral para la escogencia de diputados y diputadas del PSUV a la Asamblea Nacional en el 2010, la consigna fue “El Pueblo Pa’ La Asamblea” con el objeto de hacerlo parte de las discusiones de los proyectos de ley.
Al respecto, aseguró el parlamentario que la experiencia ha sido muy valiosa porque les ha permitido cumplir con este compromiso, con lo cual “el pueblo ha alcanzado altos niveles de información sobre quehacer legislativo”.
Asimismo avaló que la Asamblea Nacional convencida de su responsabilidad con el Pueblo Legislador a través de la DGIDL ha permitido que Asesoría Jurídica se traslade al interior del país, para masificar estos conocimientos a las instituciones, voceros comunales y a la sociedad en general que así lo requiera, razón por la cual “valoramos este trabajo porque coloca al pueblo venezolano a tono con las discusiones que se adelantan en el seno de la Asamblea Nacional”.
El diputado Ruiz anunció que en los próximos días se trasladarán hasta el estado Sucre, donde harán lo propio con concejales y concejalas de los cinco municipios que conforman el eje de Güiria; y posteriormente al estado Yaracuy, “con lo cual hacemos realidad el compromiso hecho por sus diputados y diputadas en el 2010 con el Pueblo Legislador”.
Cabe destacar que la Dirección de Investigación y Asesoría Histórica también ha dictado estos talleres al personal de la Asociación de Abogados Bolivarianos del Municipio Libertador del Distrito Capital; equipos técnicos de las distintas comisiones permanentes de la Asamblea Nacional, voceros comunitarios de la Casa del Pueblo Legislador de la parroquia El Recreo (Dtto Capital); consultorías jurídicas del Poder Ejecutivo Nacional; Sindicatura del Municipio Libertador (Dtto Capital), concejales y equipo técnico del Municipio Sucre del Estado Miranda, así como a la comunidad en general que participa en cursos organizados por la Escuela de Formación Integral de la Asamblea Nacional “Dr. Carlos Escarrá Malave” (EFICEM).
Los facilitadores se apoyan en material audiovisual e impreso, entre estos, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea (RIDAN) y la publicación sobre el “Método Participativo de Formación de Leyes: Una Concepción Dialéctica para la Acción del Pueblo Legislador”, que contiene toda una serie de interrogantes que son respondidas a lo largo del curso.
Método
En primer lugar se trata de una propuesta formativa dirigida al Pueblo Legislador, a los fines que asuma la iniciativa legislativa y participe activamente en el proceso de formación de las leyes, a través de un método que parta de una concepción dialéctica que ayuda a comprender la realidad social y a partir de ella, surja el derecho en correspondencia con el momento sociopolítico que vive el país: momentos de cambios, de transformación y de construcción de una nueva sociedad.
Este método pretende hacer realidad el mandato constitucional incorporando a los ciudadanos y ciudadanas en el proceso legislativo a través del principio de participación y corresponsabilidad en la gestión de los asuntos públicos, estimulando al Pueblo Legislador en la función creativa de la norma, educativa y pedagógica de la Ley y en el seguimiento a la aplicación de ésta, con el fin impulsar la transformación social y construir un nuevo Estado.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) constituye su basamento jurídico, el artículo 2 contempla los principios que orientan la construcción de nuestro ordenamiento jurídico y la actuación conforme al Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. Los artículos 5 y 70 refuerzan el modelo democrático, participativo y protagónico, al establecer que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo e indicar los medios de participación ciudadana y protagónica. En el artículo 62 se enfatiza el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a la participación libre en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.
El texto en cuestión se pasea por los puntos: concepción dialéctica, premisas, elementos relevantes de la técnica legislativa, requisitos para presentar un proyecto de ley, pasos a seguir para aprobar una ley, a quiénes corresponde presentar un proyecto de ley, quiénes deben hacer seguimiento para la aplicación de la ley y qué herramientas se proponen para su seguimiento, entre otros, que son debatidos ampliamente durante el desarrollo del referido taller.
Sobre los requisitos para presentar un proyecto de ley ante la Asamblea Nacional, el documento en cuestión detalla que el RIDAN en su artículo 103 establece que debe estar acompañado de su exposición de motivos, la identificación de quienes lo propongan, objetivos a alcanzar, impacto e incidencia presupuestaria y económica, previo informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la AN.
Una serie de talleres sobre el “Método Participativo de Formación de Leyes: Una Concepción Dialéctica para la Acción del Pueblo Legislador”, han sido dictados durante el primer período legislativo 2014 por la Dirección General de Investigación y Desarrollo Legislativo (DGIDL,) encabezada por Aura Rosa Hernández, los cuales han estado dirigidos a unos setecientos participantes de distintos organismos públicos, voceros comunitarios, concejos municipales y personal técnico de las comisiones permanentes de la Asamblea Nacional.
Este método pretende hacer realidad el mandato constitucional incorporando a los ciudadanos y ciudadanas en el proceso legislativo a través del principio de participación y corresponsabilidad en la gestión de los asuntos públicos, estimulando al Pueblo Legislador en la función creativa de la norma, educativa y pedagógica de la Ley y en el seguimiento a la aplicación de ésta, con el fin impulsar la transformación social y construir un nuevo Estado.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) constituye su basamento jurídico, el artículo 2 contempla los principios que orientan la construcción de nuestro ordenamiento jurídico y la actuación conforme al Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. Los artículos 5 y 70 refuerzan el modelo democrático, participativo y protagónico, al establecer que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo e indicar los medios de participación ciudadana y protagónica. En el artículo 62 se enfatiza el derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas a la participación libre en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas.
El texto en cuestión se pasea por los puntos: concepción dialéctica, premisas, elementos relevantes de la técnica legislativa, requisitos para presentar un proyecto de ley, pasos a seguir para aprobar una ley, a quiénes corresponde presentar un proyecto de ley, quiénes deben hacer seguimiento para la aplicación de la ley y qué herramientas se proponen para su seguimiento, entre otros, que son debatidos ampliamente durante el desarrollo del referido taller.
Sobre los requisitos para presentar un proyecto de ley ante la Asamblea Nacional, el documento en cuestión detalla que el RIDAN en su artículo 103 establece que debe estar acompañado de su exposición de motivos, la identificación de quienes lo propongan, objetivos a alcanzar, impacto e incidencia presupuestaria y económica, previo informe de la Dirección de Asesoría Económica y Financiera de la AN.
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